NORMAS BÁSICAS DE CONVIVENCIA DEL IES PLAYA SAN JUAN

 

PUNTUALIDAD:

‑La puntualidad es una muestra de respeto hacia las personas con las que tenemos que realizar una actividad en común.

‑El funcionamiento correcto del centro necesita de la sincronización de las actividades que en el se realizan, por este motivo es necesario acudir con puntualidad a todas las actividades.

‑Los retrasos injustificados reiterados serán considerados como faltas de disciplina y podrán ser sancionados.

 

CARNET  SCOLAR:

‑El carnet escolar acredita que un joven determinado está matriculado en el centro, por este motivo el alumno lo llevará siempre consigo, se podrá impedir la entrada al instituto al alumno que no lleve encima este documento.

 

RESPETO:

‑Para conseguir que los demás nos respeten es necesario que nosotros respetemos a los demás.

‑Como norma fundamental de convivencia el trato entre todos los miembros de la comunidad educativa será respetuoso y educado.

‑El alumno respetará a todo el personal del instituto (profesores, personal de oficinas, conserjes, cantina, limpieza, etc.)

‑Los alumnos de los cursos superiores deben actuar corno modelos de los más pequeños, evitando cualquier tipo de conducta que pueda representar un mal ejemplo para los alumnos de menos edad.

 

VIDA ESCOLAR:

‑El tiempo de permanencia fuera del aula será el mínimo posible, el alumno sólo podrá permanecer en los pasillos, patios, cantina o biblioteca con conocimiento y autorización del profesor de guardia.

‑El profesor de guardia es el responsable del orden y buen funcionamiento del Instituto durante los períodos lectivos y en los recreos, por lo tanto el alumno tendrá que seguir sus orientaciones siempre que se encuentre fuera de la clase, cuando el profesor que corresponda esté ausente o en los recreos.

 

MÓVILES, OBJETOS DE VALOR Y MATERIAL NO ESCOLAR:

‑El alumno sólo tiene que traer al instituto el material de aplicación escolar y está totalmente prohibido introducir otros materiales en el instituto especialmente aquellos que puedan perjudicar o lastimar al alumno o a sus compañeros o deteriorar las instalaciones del centro.

‑Las comunicaciones del alumno con sus familias están garantizadas con los propios medios del centro por lo que no es necesario acudir al instituto con un teléfono móvil.

‑La utilización injustificada del teléfono móvil, reproductores de música, lecturas no apropiadas, juegos poco adecuados, etc. originará la retirada por parte de cualquier profesor y la puesta a disposición de los padres del objeto retirado.

 

TABACO Y SUSTANCIAS NOCIVAS

‑Está prohibido fumar dentro del instituto (desde las vallas exteriores). Se vigilará especialmente el consumo de tabaco en aseos y zonas comunes.

‑El decreto 246/1991, del Consell de la Generalitas Valenciana, sobre derechos y deberes de los alumnos de los centros docentes de niveles no universitarios de la Comunidad Valenciana, permite sancionar la introducción de cualquier sustancia nociva dentro del instituto, incluido el tabaco.

 

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:

‑Los conflictos en el institutos se resolverán mediante el dialogo y la mediación evitando las soluciones individuales o las propuestas por una sola parte.

‑En primer lugar se tratará con la persona afectada siendo aconsejable la presencia e intervención de un mediador (delegado del grupo, profesor, tutor, etc.) imparcial y que las partes afectadas acepten.

‑El delegado de clase actuará como representante en asuntos de carácter general.

‑Los tutores actuarán como mediadores en conflictos entre alumnos y profesores.

‑Los alumnos o sus representantes legales pueden solicitar de los jefes de cada uno de los departamentos didácticos información sobre las programaciones de cada una de las áreas, materias y ámbitos con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.

‑La reclamación contra las calificaciones se realizará siguiendo el procedimiento y los plazos que la RESOLUCIÓN de 23 de enero 1990 establece. (DOGV, 7‑2‑90)

 

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